¿Tienes familia y te gustaria que cuenten con servicio médico?

Estas en el lugar correcto, a continuación te detallamos la documentación necesaria para realizar el trámite de altas, así como puntos importantes para que al momento de realizar tu trámite no tengas problema alguno, y de ese modo, tu familia disponga de la atención médica que requieren.

Trabajador

Para realizar el trámite de Alta para los siguientes beneficiarios, es importante mencionarle que debera presentar:

INE ORIGINAL Y COPIA
COMPROBANTE DE PAGO

Hijos menores de edad

  • ACTA DE NACIMIENTO ORGINIAL (PARA COTEJO) Y COPIA
  • CURP
  • 1 FOTO TAMAÑO INFANTIL


Hijos (Estudiantes) Mayores de edad

  • ACTA DE NACIMIENTO ORGINIAL (PARA COTEJO) Y COPIA
  • CURP
  • CONSTANCIA DE ESTUDIOS ORIGINAL, RECIENTE, HOJA MEMBRETADA, FIRMADA Y SELLADA
  • 1 FOTO TAMAÑO INFANTIL


Esposa

  • ACTA DE NACIMIENTO ORGINIAL (PARA COTEJO) Y COPIA
  • ACTA DE MATRIMONIO ORIGINAL (PARA COTEJO) Y COPIA
  • INE ORIGINAL Y COPIA
  • CURP
  • 1 FOTO TAMAÑO INFANTIL


Concubina

  • ACTA DE NACIMIENTO ORGINIAL (PARA COTEJO) Y COPIA
  • CONSTANCIA DE CONCUBINATO RECIENTE ORIGINAL Y COPIA
  • INE ORIGINAL Y COPIA
  • CURP
  • 1 FOTO TAMAÑO INFANTIL

Padres (Apartir de 60 años)

  • ACTA DE NACIMIENTO ORGINIAL (PARA COTEJO) Y COPIA
  • INE ORIGINAL Y COPIA
  • CURP
  • CONSTANCIA DE DEPENDENCIA ECONÓMICA ORIGINAL, RECIENTE, HOJA MEMBRETADA, FIRMADA Y SELLADA
  • CONSTANCIA DE NO AFILIACIÓN EN IMSS
  • CONSTANCIA DE NO AFILIACIÓN ISSSTE
  • CONSTANCIA DE NO SER PENDIONADO, NI RECIBIR SERVICIO MÉDICO DE PENSIONES CIVILES
  • 1 FOTO TAMAÑO INFANTIL

Para los trabajadores de Seguridad Ciudadana deberán ser 2 Fotos Tamaño Infantil para cualquier dependiente que desee dar de alta.


Horario y Ubicación

Recuerda que el trámite para la alta de Dependientes Económicos se realiza únicamente en el Módulo Médico del Gobierno del Estado de Tlaxcala ubicado en la Col. Centro calle Lira & Ortega #9 Tlaxcala, Tlax. (Segunda Planta).

Lunes a Viernes de 09:30 am a 16:30 pm

Contacto

☎️ Teléfono: 246 465 2960
📠 Ext: 3236


Políticas de Operación

  • El uso del servicio médico para los familiares o dependientes económicos del servidor público al momento de completar el trámite del alta, iniciara la quincena inmediata posterior. Es decir si se da de alta un beneficiario el día 5, este podrá recibir el servicio hasta la quincena próxima que sería el 15 o 16.
  • Para efectos correspondientes se considera beneficiarios del servidor público a:
    • La esposa del servidor público, a falta de esta, la mujer con quien ha hecho vida marital siempre y cuando tenga como mínimo cinco años viviendo en concubinato, si el servidor público tiene varias concubinas, ninguna tendrá derecho a las prestaciones.
    • Los hijos del servidor público menores de 18 años.
    • Los hijos del servidor público mayores de 18 años y menores de 25 años, solteros, realicen y comprueben a satisfacción del Módulo estudios en planteles del sistema educativo nacional, no perciban algún tipo de ingreso y no cuenten con trabajo remunerado.
    • Los padres del servidor público, que vivan en el hogar de éste, sean mayores de 60 años, dependan económicamente de él y no tengan acceso a ningún tipo de seguridad social.
  • Quedan excluidas las solicitudes de beneficiarios que tengan alguna clase de prestación médica, sea a través de Instituto Mexicano del seguro social (IMSS), (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado) ISSSTE, Pensiones Civiles u otro similar en materia de servicios de salud. (Solo padres del servidor público).
  • En los casos de divorcio o separación del servidor público, en los cuales se cuente con el pago de pensión alimenticia, se mantendrán vigentes en el padrón de beneficiarios a los hijos del servidor público, hasta en tanto cumplan los 18 años de edad, o cumplan los 25 años de edad siempre y cuando acrediten los requisitos establecidos en el lineamiento tercero denominado causas de suspensión y baja del régimen de servicios de salud establecido en el Acuerdo que establece los Lineamientos para la Prestación del Servicio de Salud a Servidores Públicos del Poder Ejecutivo.
  • Cada semestre posterior al alta de los hijos como beneficiario, mayor de 18 pero menor de 25 años, se refrendarán los derechos acreditando que continúa estudiando, para lo cual deberá presentar constancia del ciclo escolar (semestre) en curso, para mantenerlos como vigentes, de lo contrario la baja es automática.
  • El beneficiario cuando cumple los 18 años para mantenerse vigente en sistema será necesario que presente la siguiente documentación:
    • Constancia de estudios del ciclo escolar en curso, en hoja membretada, firmada y sellada (semestre o ciclo anterior).
    • Copia identificación oficial vigente.