¿Quienes somos?

Somos la Administración del Servicio Médico Integral para los Trabajadores Activos y sus Beneficiarios, del Gobierno del Estado de Tlaxcala a través de una operadora de servicios médicos que cuente con una red de servicios propia o conveniada que incluyan: prevención, detección y diagnóstico de las diversas enfermedades, así como su tratamiento, para conservar y proteger su salud.

Los Derechohabientes única y exclusivamente acudirán a los Servicios Médicos autorizados por la Operadora de Servicios Médicos, siendo improcedente el pago de gastos médicos efectuados en servicios médicos no autorizados.

Dicho servicio será otorgado siempre y cuando presenten la siguiente documentación:

Credencial que los identifica como Derechohabientes con derecho al Servicio Médico Integral validado de acuerdo con el Padrón actualizado y/o identificación oficial.

Pase con el formato autorizado del Prestador del Servicio Médico.

Los pases y recetas tendrán una vigencia de 30 días a partir de su expedición y podrán ser utilizados solo una vez.

Exclusiones

Son gastos que no serán cubiertos por El Prestador de Servicios de conformidad a los siguientes supuestos, por lo que, en caso de ser requeridos por los Derechohabientes, éstos absorberán dicho gasto:

  1. Servicio de acompañantes en el traslado de titular o derechohabiente en calidad de paciente dentro o fuera del país.
  2. Tratamiento y materiales estéticos*, cirugías estéticas, de calvicie o cirugía de reasignación de género.
  3. Tratamiento de lesiones pigmentarias de la piel conocidas como lunares o nevus cuando sea por estética.
  4. Dietéticos y de obesidad, la anorexia y bulimia, así como sus complicaciones.
  5. Vacunas como tratamientos de prevención.
  6. Tratamientos capilares.
  7. Tratamiento de fertilidad y/o esterilidad.
  8. Productos ginecológicos.
  9. Tratamientos para la disfunción eréctil.
  10. Tratamientos en lacas para la onicomicosis.
  11. Tratamientos médicos y/o quirúrgicos realizados por herbolarios, quiroprácticos, naturistas, vegetarianos, homeopáticos y acupuntura.
  12. Internamientos, tratamientos y rehabilitación de pacientes con adicciones (cigarro, alcohol y drogas).
  13. Tratamientos médicos y/o quirúrgicos de naturaleza, experimental y/o de investigación.
  14. Tratamientos alternativos de ozonoterapias.
  15. Tratamientos de podología, plantillas y zapatos ortopédicos.
  16. Complementos alimenticios y/o suplementos alimenticios.
  17. Artículos de limpieza y/o curación y/o higiene bucal y/o de belleza.
  18. Sustancias coadyuvantes a la cicatrización.
  19. Enfermedades o accidentes que sufra el beneficiario bajo el influjo de drogas y/o bebidas alcohólicas, en los cuales dicho estado influya en forma directa para la realización del accidente o enfermedad.
  20. Todo producto que no tenga registro como Medicamento ante la SSA.

Copago de los Derechohabientes y Excepciones

Quejas y/o Sugerencias Operadora ML